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Capacitación

 

 

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Formulación y presentación de Proyectos

 

 

de Promoción y Mercadeo

 


El propósito y contenido del proyecto a presentar debe ajustarse a las prioridades promocionales del mercado donde se ejecutará, tomando como base los Planes Nacionales en materia de Turismo y la estrategia promocional vigente de Venezuela como producto turístico.

 

Instrumento Legal de Creación 


1º Decreto Nº 5.999 con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Turismo, publicado en Gaceta Oficial Nº 5.889 Extraordinario, de fecha 31 de julio de 2008:

En el Artículo 4 se establece la potencialidad turística de la República Bolivariana de Venezuela, por sus atributos naturales, sociales, físicos, ambientales y culturales, susceptible para el desarrollo de la actividad turística, con tratamiento integral en su planificación, promoción y comercialización dentro y fuera del territorio nacional, el cual está orientado al beneficio de las comunidades.

En el Artículo 18 se establecen las atribuciones del INATUR, entre las cuales destacan:

1. Ejecutar la política turística y el Plan de Promoción y Capacitación Turística Nacional e Internacional en concordancia con el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.

5. Coordinar los planes de promoción y capacitación turística requeridos por los Fondos Mixtos de Promoción y Capacitación Turística.

En el Artículo 21 se establecen las atribuciones del Consejo Directivo de INATUR, entre las cuales destacan:

3. Aprobar el Plan anual de promoción y capacitación turística en concordancia con el Plan Estratégico Nacional de Turismo.

2º Decreto Nº 3272, Reglamento Parcial de la Ley Orgánica de Turismo Sobre la Organización y Funcionamiento del Fondo Nacional de Promoción y Capacitación Turística y de los Fondos Mixtos Regionales de Promoción y Capacitación Turística, publicado en la Gaceta Oficial Nº 5301 Extraordinario, de fecha 29 de enero de 1999, Art. 14.

3º Reglamento Interno de INATUR, aprobado en Directorio, mediante Punto de Cuenta Nº 2004-P-1395, de fecha 17/09/2004, Título II, Capítulo III, Sección I (De la Gerencia de Promoción y Mercadeo).


Requisitos para la Presentación de Proyectos 


 

1. Deben introducirse, con carácter obligatorio ante el Fondo Mixto Estadal de Promoción y Capacitación para la Participación Turística correspondiente a su entidad federal. Allí se hará una pre-evaluación del proyecto y en caso de haber conformidad, el Fondo emitirá una carta aval.

 

2. En aquellos estados donde aún no existe el Fondo Mixto de Turismo, el proyecto debe tener, en su defecto, una carta aval del órgano rector de turismo de la entidad, ya se trate de Dirección o Corporación de turismo. Posteriormente el proyecto podrá ser presentado ante la Dirección Ejecutiva del INATUR, para ser evaluado por la Gerencia de Promoción y Mercadeo.

3. El plazo mínimo de presentación de proyectos ante el INATUR es de (45) días, previo a su ejecución. Esto permitirá revisar los recaudos consignados por el interesado y hacer las observaciones oportunas y la evaluación del proyecto.

4. Los proyectos deben considerar en sus presupuestos una partida para la evaluación de los resultados de los mismos.


5. Presentación de Informe Post-Evento, a fin de realizar el seguimiento respectivo del proyecto, se debe incluir en este informe: arte final, testigos de publicación, retorno real de inversión, alcance poblacional, metas planteadas versus metas alcanzadas, share de medios, número de beneficiarios directos e indirectos, generación de empleos provisionales o fijos, logros alcanzados y la proyección obtenida por la localidad donde se efectuó.



Requisitos Legales Persona jurídica


1º.Misión de la empresa u organización

2º.Años de experiencia

3º.Logros

4º.Currículo del representante legal

5º.Registro Mercantil

6º.Registro de Identificación Fiscal (RIF)


Requisitos Legales Persona Natural


1º.Currícula (s) del (los) promotor (es)

2º.Registro de Identificación Fiscal (RIF)

3º.Referencias profesionales


Unidades Responsables 


Gerencia de Promoción y Mercadeo

Dirección Ejecutiva

Directorio del INATUR


Tiempo de Respuesta 


1º. Si de la evaluación realizada por la Gerencia de Promoción y Mercadeo resultara la ratificación de su condición de “Proyecto Potencialmente Factible”, se presentará ante el Directorio de INATUR para someterlo a su consideración.


2º. El INATUR reservará un porcentaje (a definir) del pago a ser cancelado posteriormente a la recepción del informe final.


3º. De ser aprobado el proyecto, el INATUR, mediante el debido proceso jurídico – administrativo, otorgará a la entidad promotora solicitante una carta de certificación comunicándole la decisión tomada en Directorio y posteriormente procederá a transferir los recursos financieros para su ejecución.



 

 

 

 

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