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Atribuciones legales de Inatur
Según lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Turismo, son atribuciones de Inatur, las siguientes:
  1. Ejecutar la política turística y el Plan de Promoción y Capacitación Turística Nacional e Internacional en concordancia con el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.

  2. Desarrollar los planes diseñados en materia de capacitación y formación para las ciudadanas y ciudadanos, en pro del desarrollo del sector turístico nacional, con especial atención en aquellas dirigidas al desarrollo y fortalecimiento de las comunidades organizadas, consejos comunales y demás formas de participación popular.

  3. Suscribir los convenios, contratos o cualquier otro tipo de acuerdo con integrantes del Sistema Turístico Nacional o con entes públicos e instituciones privadas, nacionales e internacionales, previa autorización del órgano rector, en concordancia con las políticas fijadas en el Plan Estratégico Nacional de Turismo elaborado por el Ministerio del Poder Popular con competencia en turismo.

  4. Elaborar el reglamento interno para su funcionamiento

  5. Coordinar los planes de promoción y capacitación turística requeridos por los Fondos Mixtos de Promoción y Capacitación Turística.

  6. Ejercer las demás atribuciones que le sean conferidas en el presente Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de Turismo y sus reglamentos.

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