mbMenu
Inatur Promoción y Mercadeo Formación y Capacitación Recaudación y Fiscalización Fondos Mixtos Galería
Ferias Internacionales
Normativas para la Participación en Ferias Internacionales
  • Artículo 1. El prestador de servicios turísticos que solicite participar en las Ferias Internacionales de Turismo, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

    1. Estar inscrito en el Registro Turístico Nacional (R.T.N)
    2. Contar con la Licencia de Turismo vigente
    3. Presentar la debida solvencia en el pago de la Contribución Especial del 1%, legalmente establecida, emitida por el Instituto Nacional de Turismo (Inatur)
    4. Depositar el monto en Bolívares equivalente a veinte (20) unidades tributarias (U.T.), en la Cuenta Global Jurídica del Banco Venezuela Nº 0102 - 0552 - 280000035693 a nombre de Inatur, en los treinta (30) días previos al evento.
    5. Enviar todos los recaudos antes mencionados a la dirección de correo electrónico: feriasinternacionales.inatur@gmail.com de la Gerencia de Promoción y Mercadeo, en los plazos de tiempo límite establecidos para la inscripción en cada feria.
    6. Contactar al coordinador (a) designado (a) para la participación de Venezuela en cada feria, con el objetivo de verificar la recepción de los recaudos, verificación de su contenido y formalización de su inscripción.

  • Artículo 2. El prestador de servicios turísticos, una vez formalizada la gestión indicada, asume el compromiso de cumplir la normativa interna de Inatur para su participación en las Ferias Internacionales, la cual consiste en:

    1. Cumplir con las fechas y horarios establecidos, desde el inicio hasta la culminación del evento
    2. En ningún momento, se permite abandonar el lugar del stand, ni retirarse antes de la fecha de clausura del evento, salvo causa debidamente justificada
    3. El prestador de servicios turísticos, deberá mantener limpio y ordenado su lugar de trabajo, en procura de no perturbar a sus compañeros. Asimismo, el prestador se hace responsable de las pertenencias dejadas en su lugar de trabajo
    4. En el espacio físico de trabajo sólo podrán permanecer dos (2) personas en representación de la empresa, no obstante, en caso de que sea necesario, dos (2) prestadores de servicios turísticos podrán compartir un mismo espacio de trabajo delegando a una (1) persona en representación de cada empresa.
    5. El prestador de servicios turísticos deberá aportar información veraz al coordinador de la feria, la cual será suministrada mediante los formatos de reporte de actividades en cuanto a contactos, reuniones y encuentros, con el objeto de conocer el número de negociaciones realizadas y acuerdos suscritos durante el evento.
    6. El prestador de servicios turísticos previo al evento deberá brindar la información de sus productos a ofertar al coordinador de la feria, con el propósito de articular las estrategias de promoción y comercialización de Venezuela como destino turístico.
    7. En el stand sólo se permitirá únicamente la promoción y comercialización del destino Venezuela.
    8. En caso de que el prestador decida no participar en la feria, luego de su inscripción, deberá informar por comunicación escrita o vía correo electrónico a la Gerencia de Promoción y Mercadeo de Inatur con siete (7) días hábiles de antelación a la salida de la comisión para la realización del evento.

  • Artículo 3. El Instituto Nacional de Turismo ante los incumplimientos de los supuestos indicados en los artículos precedentes, procederá a la aplicación de los correctivos siguientes:

    1. El prestador de servicios turísticos que no asista a la fecha fijada para la celebración de la feria prevista, sin haber justificado por escrito su inasistencia conforme a lo establecido ante la Gerencia de Promoción y Mercadeo de Inatur, no podrá asistir a las dos (2) ferias internacionales para las cuales solicite su participación.
    2. El prestador de servicios turísticos que se retire anticipadamente de forma injustificada antes de la fecha de la clausura de la feria, no tendrá acceso a la participación a la siguiente feria.
    3. El prestador de servicios turísticos que incumpla los supuestos enunciados en los numerales 4, 5, 6 y 7 del artículo 2, le será suspendida la asistencia a la feria siguiente para la cual solicite su participación.

  • Artículo 4. Los recursos que se consignen por concepto de la referida participación en una feria internacional serán válidos únicamente para la feria a que se refiere la solicitud. En caso de inasistencia injustificada, dichos recursos no podrán transferirse para algún otro evento ni serán reembolsados al interesado.


Unidades Responsables del Proceso
  • Gerencia de Promoción y Mercadeo
  • Gerencia de Administración y Finanzas
  • Dirección Ejecutiva

Población Objetiva
  • Prestadores de Servicios Turísticos
       -Mayorista del Turismo (Tours Operadores)
       -Cadenas Hoteleras
       -Agencias de viajes

Tiempo de Respuesta
  • En 5 días hábiles se emite una respuesta a los usuarios.
Se recomienda visualizar esta página con el navegador Mozilla Firefox   DESCARGUE AQUÍ